Por el Magistrado Eladio Aponte Aponte se envió a Trujillo a los dirigentes Yukpa.
No ha ocurrido en las comunidades indígenas de la Sierra de Perijá hecho alguno ni en la ciudad de Maracaibo que le dé piso real y valor de verdad a los argumentos utilizado por el Magistrado Ponente doctor Eladio Ramón Aponte Aponte de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para radicar el juicio y a los dirigentes Yukpa Sabino Romero Izarra, Olegario Romero Romero y Alexander Fernández Fernández en la ciudad de Trujillo. Tampoco tiene sustento válido y legal la decisión del Juez de la Sala Dos doctor Mateus Moreno del Circuito Judicial Penal de Trujillo para encerrar en la Cárcel Nacional de Trujillo a los dirigentes indígenas antes mencionado, pues este proceder no se lo permite el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en sus artículo 10 numeral 2 que tiene rango constitucional desde el año 2001 cuando fue firmado por el Gobierno Bolivariano y el artículo 141 numerales 2 y 3 de la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas, LOPCI (2005).
En ningún momento se ha desatado ninguna “conmoción social” en las comunidades Yukpa de Perijá como asevera el magistrado Coronel Retirado Aponte Aponte, todo lo contrario, las distintas familias de los imputados, heridos o muertos vienen conversando para acordar distintas manera de indemnización y continuar su cotidianidad, más cuando víctimas y victimarios son familias entre sí, recodemos que Nireya (†) hermana de Olegrio fue esposa de Alexander Fernández Fernández, Evert Romero (†) fue esposo de Guillermina hija de Sabino y primo del esposo de Mirian otra de las hijas de Sabino, la esposa de Olegario es sobrina de Sabino, quien a su vez fue herido, conjuntamente con su hija menor y un sobrino. Todo este grupo familiar vienen de las cabeceras del río Yaza de las comunidades Wasama y Kampa.
Si no fuese por la interferencia directa e indirecta de operadores políticos gubernamentales ya las familias hubiesen cerrado los dolores y diferencias, pero estas son mantenidas para evitar la unidad de los pueblos Yukpa y Barí en la defensa de la Sierra de Perijá y en sus luchas por la demarcación de sus territorios originales y contra le extracción minera y toda la parafernalia portuaria vial que cruzará sus territorios bajo la custodia de cinco Bases Militares ubicadas en los denominados centro pilotos.
El miércoles 28 a través de una jugada política divisionista montada con uno de los imputados en el Fuerte Macoa en Machiques/Zulia, funcionarios menores de los ministerios para asuntos indígenas y de relaciones interiores y justicia se aparecieron en la sede del TSJ con dos busetas y trasladaron de inmediato al Zulia a un grupo de las familias Yukpa que permanecían desde el miércoles 21 a las puertas del TSJ, pero antes de llegar los indígenas a la comunidad Guamo Pamocha, los ministros Tareck y Nicia amanecieron en la comunidad Tukuko el jueves 29; pero acosados por las preguntas en reunión solicitada con Caciques del Tukuko manifestó el ministro Tareck, según relatos de dirigentes presentes, que los narcotraficantes y los asesinos van a la justicia ordinaria, y de inmediato emplazó a la familia de Evert Romero (uno de los indígenas muertos en el enfrentamiento) que trasladaron de la cuenca del río Yaza a la del Tukuko, a expresar en la reunión de Caciques su apoyo a la justicia ordinaria. Resquebrajando de esta manera el frágil hilo conductor recién reconstruido de la unidad de las familias en conflicto. Ese día el padre de Evert lucía un flamante camión facilitado por el Gobierno hacia unos meses, como los entregados el 12 de octubre en el Centro Piloto Shirapta por haber aceptado tres comunidades asentadas en río Apón títulos agrarios de tierra, a la vieja usanza del Instituto Agrario Nacional (IAN) durante la Reforma Agraria.
Tampoco es cierto los criterios para afirmar que la Sala de Casación Penal “ordena remitir el expediente al Circuito Judicial Penal del estado Trujillo” y “el traslado de los ciudadanos Sabino Romero Izarra, Olegario Romero Romero y Alexander Fernández Fernández, con carácter de urgencia y con las medidas de seguridad que el caso amerite, al Circuito Judicial Penal del estado Trujillo” ya que no existe este supuesto movimiento de intensa presión y de opinión en el Zulia que amerite el “resguardo de las partes intervinientes en la presente causa” que pudiese impedir “garantizar una aplicación de la justicia responsable y expedita”, en ningún momento hay fuerza de calle o de influencia política que ayudase a crear un ambiente que pudiese influir “sobre los jueces y demás operadores de justicia, intereses locales que vulneren su incolumidad, preservando así la correcta administración de una justicia libre de obstáculos que puedan interferir en su imparcialidad y autonomía”.
El miedo de los operadores gubernamentales está en que la Jueza Erika Carroz del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia acordó el 26 de abril de 2010 suspender el juicio hasta tanto no se pronunciara la Sala Constitucional del TSJ sobre la acción de Amparo introducida por uno de los abogados defensores de Sabino y Alexander, y ofició además al Ministerio Público a que buscará unos espacios especiales de reclusión para los indígenas imputados como el Tukuko.
Al no controlar el operador político a la Juez Quinta del Zulia, la medida inmediata por venir era aplicar lo que el ex Coronel Magistrado Aponte Aponte denomina “El carácter extraordinario del avocamiento, permite a la Sala sustraer la causa del conocimiento del juez con competencia territorial (cuando el caso lo amerite), con el propósito de velar por un ambiente donde no influyan sobre los jueces”. No estaba seguro el operador ministerial que la Juez Carroz se ensañara contra los imputados indígenas, a meterle como ya se ventila en los pasillos del Ministerio Público en el estado Zulia, que serán condenados a 30 años Alexander, 25 Sabino y 10 Olegario.
Las preguntas a responder, aun que todos sabemos ya las respuestas, por qué enviaron a los dirigentes Yukpa al Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, por qué a Trujillo y no a otro estado del país, por qué le quitaron el caso al Juez Francisco Elia Codicidio Mora, por qué se lo asignaron al Juez Moreno.
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